Ley 20393

Fruto de nuestra permanente orientación al estricto cumplimiento de las leyes y regulaciones vigentes, así como también, a mantener los altos estándares normativos de nuestra empresa, informamos a ustedes que SalfaCorp S.A. y Filiales ha diseñado e implementado su propio Modelo de Prevención de Delitos (MPD), en referencia a la Ley 20.393.

Nuestro modelo opera a través de diversas actividades de control sobre procesos o actividades vinculadas al negocio que pudieran presentar potenciales riesgos de comisión de los delitos señalados en la Ley 20.393 con el objeto de prevenirlos y detectarlos oportunamente.

El cumplimiento de nuestro Modelo de Prevención de Delitos SalfaCorp es obligatorio para todos los colaboradores y terceras partes vinculadas a nuestra Compañía, tales como:

  • Trabajadores de SalfaCorp S.A. y Filiales.
  • Clientes, proveedores, prestadores de servicios, contratistas y subcontratistas.
  • Accionistas, directores y ejecutivos principales.
  • Todos quienes realicen actividades de administración y supervisión para la Compañía.

LO QUE DEBES SABER DE LA LEY 20.393: RESPONSABILIDAD PENAL PERSONA JURÍDICA

En esencia, la Ley 20.393 establece que existen ciertos tipos de delitos que, en caso de ser cometidos por una persona natural y que vayan directamente en beneficio de alguna empresa, la sanción recae no solamente en quien comete la acción, sino, en la persona jurídica detrás. Éstos son:

  • 1. Lavado de activos (2009)
  • 2. Financiamiento de terrorismo (2009)
  • 3. Cohecho (soborno) de empleado público nacional o funcionario público extranjero (2009)
  • 4. Receptación (2016)
  • 5. Corrupción entre particulares (2018)
  • 6. Administración desleal (2018)
  • 7. Negociación incompatible (2018)
  • 8. Apropiación indebida (2018)
  • 9. Contaminación del mar, de ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua (2019)
  • 10. Procesamiento, apozamiento, transformación, transporte, comercialización de recursos hidrobiológicos vedados y productos derivados de éstos (2019)
  • 11. Realizar actividades extractivas en áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos, sin ser titular de los correspondientes derechos (2019)
  • 12. Procesar, elaborar o almacenar recursos hidrobiológicos o productos derivados de ellos, de los cuales no se conozca su origen legal, y que correspondan a recursos en estado de colapsado o sobreexplotado (2019)
  • 13. Inobservancia del aislamiento u otra medida preventiva dispuesta por la autoridad sanitaria, en caso de epidemia o pandemia (2020)
  • 14. Infracciones al acceso de prestaciones de seguro de desempleo en circunstancias excepcionales (2020)

Así, cualquiera de estos delitos cometidos en beneficio directo de alguna Compañía por parte de sus dueños, controladores, responsables, ejecutivos principales, representantes o quienes realicen actividades de administración, se sancionarán de acuerdo a esta Ley, siempre y cuando la comisión del delito sea consecuencia del incumplimiento de dirección y supervisión de la Compañía.

En este caso, la persona jurídica responderá penalmente cuando los delitos hayan sido cometidos por personas naturales que estén bajo la supervisión directa de alguno de los sujetos anteriormente nombrados.

Se considerará que los deberes de dirección y supervisión se han cumplido cuando, con anterioridad a la comisión del delito, la persona jurídica hubiere adoptado e implementado un Sistema de Prevención de Delitos, conforme a lo dispuesto en la Ley 20.393.

ELEMENTOS DEL MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS

  • Designación del encargado de prevención del delitos.
  • Definición de medios y facultades del encargado de prevención de delitos.
  • Establecimiento de un sistema de prevención de delitos.
  • Supervisión y certificación del sistema de prevención de delitos.

A QUÉ TIPO DE SANCIONES SE VE EXPUESTA LA COMPAÑÍA?

  • Disolución de la persona jurídica o cancelación de la personalidad jurídica.
  • Prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con organismos del Estado.
  • Pérdida parcial o total de los beneficios fiscales o prohibición absoluta de recepción de los mismos por un tiempo determinado.
  • Multa a beneficio fiscal.

* Éstas pueden ir desde 200 a 20.000 UTM.

CÓMO EXIMIRSE DE LA RESPONSABILIDAD PENAL?

La Compañía puede eximirse cumpliendo con los deberes de dirección y supervisión, tales como:

  • Designar un Encargado de Prevención de Delitos.
  • Proveer de medios y facultades suficientes al Encargado de Prevención de Delitos.
  • Establecer un Sistema de Prevención de Delitos.
  • Supervisar y Certificar el Sistema de Prevención de Delitos.

QUÉ DEBE HACER EN CASO DE ESTAR EN CONOCIMIENTO DE ALGÚN DELITO ESTABLECIDO EN LA LEY 20.393?

Toda persona que considere la existencia de una situación irregular respecto de lo establecido por el MPD y la Ley 20.393, debe denunciar en forma personal o anónima tal situación a través de los 2 canales de denuncias que SalfaCorp S.A. ha implementado para esto y que están disponibles en este sitio web.

 

Atentamente,

Encargado de Prevención de Delitos
SalfaCorp S.A.